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APOSTILLADO

Uruguay aplicará la ‘Apostilla de la Haya’

29.08.2011 UY PRESS

Lunes 5 de septiembre de 2011, por Heidi Mac Lennan

El Poder Ejecutivo remitió a consideración de la Asamblea General el proyecto de ley referente al “Convenio Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros”, firmado en la ciudad de La Haya.

Cancillería proyecta legalización de documentos para ciudadanos y empresas

El Poder Ejecutivo remitió a consideración de la Asamblea General el proyecto de ley referente al “Convenio Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros”, firmado en la ciudad de La Haya.

En países que no son parte del Convenio de la Haya, los documentos públicos emitidos que tendrán efectos jurídicos en otros países, deben seguir un procedimiento en cadena de legalizaciones que involucra la participación de varias autoridades para obtener validez en el extranjero. Lo mismo ocurre con documentos de otras naciones y que deben ser legalizados en el consulado uruguayo más cercano para tener validez ese país.

Con el fin de facilitar la circulación de documentos públicos, en la convención, suscripta el 5 de octubre de 1961, se estableció el sistema de la “Apostilla de la Haya”. Es decir, se reemplazarían las formalidades de la legalización por medio de la emisión de un sello, denominado apostilla.

El trámite consistiría en colocar sobre el documento, título o diploma un apostillado o anotación que certificaría oficialmente la autenticidad del original expedido. La misma debería redactarse en la lengua oficial de la autoridad que la expida y el título “Apostille (Convention de La Haya du 5 octobre 1961)”, debería mencionarse en lengua francesa.

Países como Uruguay se encuentran en desventaja frente a Argentina, Colombia, Ecuador, México, Perú, EEUU, Venezuela, la mayor parte de los europeos y Australia, los cuales vienen intercambiando en forma simplificada documentos en el extranjero.

La propuesta beneficiaría a ciudadanos uruguayos en el exterior en consecuencia a su esfuerzo, tiempo insumido y costo de dinero de la cadena. A su vez, indirectamente facilitaría la inversión extranjera y haría más amigable al Estado frente al ciudadano. Salvo Brasil, Chile y China, todos los demás países con los que se mantiene comercio se encuentran incluidos en el convenio.

Montevideo, 30 de agosto de 2011. Uy Press

COMPLEMENTOS DE INFORMACION ENCONTRADOS EN LA WEB:

Imagen de un Apostillado en España

Apostilla segun wikipedia

Ejemplo de Apostilla de la Haya

Que es La Apostilla de la Haya y como se establcen documento con el sello.  [1]

Ver en línea : UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias

Portafolio

Apostilla en España

Notas

[1] Con la Apostilla de La Haya, que es un sello especial que se estampa sobre un documento para certificar la autenticidad de una firma, se suprime el requisito de legalización diplomática y consular de los documentos que se originen en un país del convenio y que se pretendan utilizar en otro.

Es decir, los documentos emitidos en un país que forma parte de este convenio, y que hayan sido certificados por una Apostilla, deberán ser reconocidos en cualquier otro país sin necesidad de otro tipo de autenticación.

La Apostilla se expedirá a petición del signatario de cualquier portador del documento y se colocará sobre el documento o sobre la prolongación del mismo.

Más sobre la Apostilla de La Haya:

El convenio de La Apostilla significa que las legalizaciones consulares y demás requisitos diplomáticos están anulados, derogados u eliminados.

Quiere decir que todo documento público que pretenda ser utilizado fuera del país, no necesitará el sello o legalización del consulado del país de destino correspondiente ni la homologación de la cancillería.

En lo adelante el documento público (Acta de Nacimiento, Matrimonio, Divorcios, Títulos, Sentencias, Poderes Notariales, etc.) emitido en el país de origen deberá ser sellado en la Secretaría o Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería) con La Apostilla, y estará listo para partir a su lugar de destino, sin necesidad de sellos del consulado y de la procuraduría del país de destino.

Igual procedimiento será con los documentos emitidos en el extranjero que tengan como destino el país de origen, los ciudadanos de los países firmantes del convenio solo deberán Apostillar el documento en el Ministerio de Asuntos Exteriores de su país.

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