Con fecha 14 de julio fué firmado por el Presidente de la República, Dr. Tabaré Vázquez, el decreto que reglamenta el artículo 76 de la Ley 18250, referido al ingreso de vehículos por parte de ciudadanos uruguayos que retornan al país. Es de destacar que el decreto establece la aplicación de la reglamentación a partir del 1 de febrero del presente año.
Las personas que así lo deseen pueden solicitar a la dirección email del la Oficina de Retorno y Bienvenida, pulsa aqui -> oficinadelretorno @ gmail.com , les sea enviado el texto completo del decreto.
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